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18 Apr 2013

¿Cómo afecta el nuevo Plan Nacional del Aire a la biomasa?

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 12 de abril el Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016 (enlace), con nuevas medidas que conciernen al sector de la biomasa.

Por un lado, el Plan establece como objetivo específico reducir las emisiones asociadas a la quema intencionada al aire libre de biomasa y residuos asimilables, al considerarlo especialmente relevante para la calidad del aire debido a las toneladas de contaminantes emitidas al año y al alcance de la contaminación producida. En este caso se formulan dos alternativas para cumplir el objetivo:

  • La recogida de restos de poda en plantaciones de frutos de cáscara para producción de biomasa. Esta medida propuesta conllevaría regular la recogida de los restos de la poda, que se realiza habitualmente cada tres años en la misma parcela, y transportarla a centros de obtención de biomasa, bien para su comercialización posterior o bien para autoconsumo en la propia explotación en sustitución de otro tipo de energías. Además, implica una importante utilización de mano de obra, tanto para la recogida de la leña como para su transporte hacia las instalaciones de tratamiento o utilización de biomasa.
  • La trituración y expansión sobre el terreno de dichos restos. La trituración de la leña in situ implica una aportación de materia orgánica al suelo. Esta operación precisa mano de obra para acumular la leña en las calles limitadas por las líneas de árboles y la utilización de una máquina especial que tritura dicha leña para facilitar su incorporación al suelo.

El presupuesto previsto para aplicar estas medidas son 28 millones de euros a repartir entre 2013 y 2014, y sería asumido por fondos europeos.

Por otro lado, el Plan considera necesario establecer una regulación de la biomasa a emplear como combustible en las calderas del sector residencial, comercial e institucional, ya que las emisiones producidas por su combustión depende directamente de las características físicas de la biomasa (como la humedad, el contenido de inertes o la granulometría).

  • Para las calderas de menor potencia térmica (no especifica la potencia) se exigirá que la biomasa empleada cumpla con la norma Comité Europeo de Normalización (CEN) de aplicación. Para la biomasa que no esté contemplada en ninguna norma CEN, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA) establecerá unos requisitos técnicos que deberá cumplir para su empleo (humedad, granulometría, inertes, etc.). Por último, si una caldera utiliza un tipo de biomasa que no esté contemplada en norma CEN, y para la que el MAGRAMA no haya previsto requisitos técnicos para dicho biocombustible, las emisiones de la caldera estarán sujetas al cumplimiento de los valores límite de emisión.
  •  Conforme al resto de actuaciones contempladas en la medida, las emisiones de las calderas de mayor potencia estarán sujetas al cumplimiento de valores límite de emisión independientemente de la biomasa que utilicen.

 A continuación os mostramos una tabla que resume estos objetivos específicos relacionados con la biomasa, con sus correspondientes medidas:

Medidas con biomasa del Plan AIRE 2013-2013

Medidas con biomasa del Plan AIRE 2013-2016