29 Jun 2018
Acuerdos en las Directivas Europeas de renovables y eficiencia energética
RED II Renewable Energy Directive
El pasado 14 de junio se aprobó la RED II Renewable Energy Directive (enlace) Los Estados miembros deberán incluir los nuevos elementos de la Directiva en la legislación nacional antes del 30 de junio de 2021.
La Directiva incluye los siguientes aspectos generales clave:
- Objetivo vinculante: el 32% de toda la energía final consumida en la UE en 2030 deberá ser de origen renovable. El acuerdo será revisable en el año 2023, para hacer las modificaciones necesarias.
- La nueva norma ha fijado reglas en el diseño de los mecanismos de apoyo que van a generar certidumbre entre los inversores. Los Estados Miembros, que podrán convocar subastas mono-tecnológicas (solo solar, solo eólica), estarán obligados a ofrecer al menos cinco años de visibilidad en los mecanismos de apoyo, con un calendario, volúmenes a subastar y presupuestos para las subastas. Todo ello, en aras de la protección de las inversiones, y con el fin de evitar el regreso de las políticas de corte retroactivo siguiendo los principios de seguridad jurídica.-El diseño de mecanismos de apoyo brindará la posibilidad de apoyo tecnológico específico y de procedimientos alternativos de licitación.
- La Directiva apuesta por la simplificación de los procedimientos de autorización para instalaciones nuevas y de las tramitaciones de repotenciación, que podrán ser resueltas en plazos más cortos.
- Se reconoce el derecho de los ciudadanos a generar y consumir energía limpia sin cargos hasta 2026.: desaparición del peaje de respaldo.
La Directiva incluye los siguientes aspectos sectoriales, de importancia para el sector de la bioenergía y bioeconomía:
- Para calefacción y refrigeración, se ha establecido un aumento anual de 1,3 puntos porcentuales en el uso de renovables como objetivo indicativo con un 40% de flexibilidad en el calor residual.
- Los Estados miembros son alentados a utilizar las mejores tecnologías disponibles en los sistemas de climatización.
- Tasa del 14% de energía renovable en el sector del transporte para 2030 –con un 3,5% para biocombustibles avanzados.
- Se limitan los biocarburantes convencionales a lo establecido para 2019 (7 %), no cuentan como renovables los de soja y palma a partir de 2030.
- Los ahorros de emisiones de gases de efecto invernadero derivados del uso de combustibles de transporte renovable líquidos y gaseosos de origen no biológico, excluidos los combustibles de carbono reciclados, serán al menos del 70% a partir del 1 de enero de 2021.
- Se establecen criterios de sostenibilidad de la bioenergía.
Revised Energy Performance of Buildings Directive
La Directiva de Eficiencia Energética de Edificios se aprobó el pasado 19 de Junio y entrará en vigor el 9 de julio de 2018. Los países de la UE deberán transponer los nuevos elementos de la Directiva a la legislación nacional en un plazo de 20 meses.
Los aspectos clave de la directiva son los siguientes:
–Un objetivo europeo del 32,5% de eficiencia energética para 2030. Un objetivo que no es legalmente vinculante para los Estados miembro.
-El factor de energía primaria se ha adoptado con un coeficiente de 2,1 por defecto, con una revisión cada 4 años para considerar los efectos en otras legislaciones de la UE, como el diseño ecológico y el etiquetado energético.
-Con respecto al ahorro anual de energía del consumo final de energía hasta 2030, la tasa obligatoria acordada es del 0,8%: las exenciones a esta tasa de ahorro incluyen, por ejemplo, las energías renovables producidas en los edificios.
-Se establece que cada estado miembro establecerá una estrategia a largo plazo para apoyar la renovación de sus parques nacionales de edificios residenciales y no residenciales, tanto públicos como privados, transformándolos en parques inmobiliarios con alta eficiencia energética y descarbonizados antes de 2050. Cada país tendrá que establecer hitos parciales en favor de la eficiencia energética para alcanzar los objetivos a corto plazo (2030), a medio plazo (2040) y a largo plazo (2050).
-En los edificios nuevos siempre que sea técnica y económicamente viable, se deberá fomentar las instalaciones de alta eficiencia para proporcionar buenas condiciones climáticas interiores y de seguridad.