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29 Apr 2018

Normativa española de bioenergía

En relación a las plantas de biomasa y biogás, en España la última novedad legislativa en esta materia es el Real Decreto aprobado por el Gobierno el pasado 22 de diciembre de 2017, que limita las emisiones a la atmósfera de determinados contaminantes -dióxido de azufre (SO2), óxidos de nitrógeno (NOx) y partículas (polvo)- procedentes de instalaciones de combustión medianas con potencia térmica nominal igual o superior a 1 megavatio e inferior a 50 megavatios, entre las que se encuentran las instalaciones de biomasa y de biogás y las redes de calor. La normativa también establece mediciones para el control de las emisiones de dióxido de carbono (CO) procedentes de dichas instalaciones.

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo convocó el 14 de enero de 2016 la primera subasta para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de biomasa. La potencia convocada para nuevas instalaciones de biomasa situadas en la Península Ibérica fue de 200 MW de potencia. La normativa referente es el Real Decreto 947/2015, de 16 de octubre, por el que se establece una convocatoria para el otorgamiento del régimen retributivo específico a nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de biomasa en el sistema eléctrico peninsular y para instalaciones de tecnología eólica.

El número de horas equivalentes de producción de las plantas de biomasa y biogás con derecho a la percepción de retribución a la operación está limitada a 6.500 anuales en la Orden IET/2212/2015, de 23 de octubre, por la que se regula el procedimiento de asignación del régimen retributivo específico en la convocatoria para nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de biomasa situadas en el sistema eléctrico peninsular y para instalaciones de tecnología eólica, convocada al amparo del Real Decreto 947/2015, de 16 de octubre, y se aprueban sus parámetros retributivos.

El uso de la biomasa y el biogás para la producción eléctrica están contemplados en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Las características técnicas que hay que cumplir para realizar una instalación de biomasa con carácter general son las establecidas en el RITE (Reglamento de instalaciones térmicas en edificios).

La Estrategia Española para el desarrollo del uso energético de la biomasa forestal residual hace referencia al aprovechamiento energético de la biomasa forestal residual, y se ha elaborado en línea con la Disposición adicional cuarta de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y su modificación en la Ley 10/2006 de 28 de abril, señalaba textualmente: “El Gobierno elaborará, en colaboración con las Comunidades Autónomas, una Estrategia para el desarrollo del uso energético de la biomasa forestal residual, de acuerdo con los objetivos indicados en el Plan de Fomento de las Energías Renovables en España”.

Las referencias al uso de biocarburantes más recientes en la legislación española son las siguientes:

Real Decreto 235/2018, de 27 de abril, por el que se establecen métodos de cálculo y requisitos de información en relación con la intensidad de las emisiones de gases de efecto invernadero de los combustibles y la energía en el transporte; se modifica el Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo; y se establece un objetivo indicativo de venta o consumo de biocarburantes avanzados.

Circular 1/2016, de 30 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

Orden IET/2786/2015, de 17 de diciembre, por la que se modifica la Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

Real Decreto 1085/2015, de 4 de diciembre, de fomento de los Biocarburantes por el que se eliminan los objetivos individuales de biocarburantes, se establece la senda de objetivos de 2016 a 2020 y se transpone parcialmente la Directiva 2015/1513.

Resolución de 2 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el listado de materias primas para la fabricación de biocarburantes de doble cómputo a efectos del cumplimiento de las obligaciones de consumo y venta de biocarburantes con fines de transporte, de las obligaciones impuestas a los sujetos obligados en materia de energías renovables y del objetivo establecido para la utilización de la energía procedente de fuentes renovables en todas las formas de transporte.

Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (que rebaja los objetivos obligatorios de biocarburantes en el transporte y suspende el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad).

Resolución de 27 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se actualiza el anexo de la Orden ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

Real Decreto 1597/2011, de 4 de noviembre, por el que se regulan los criterios de sostenibilidad de los biocarburantes y biolíquidos, el Sistema Nacional de Verificación de la Sostenibilidad y el doble valor de algunos biocarburantes a efectos de su cómputo.

Orden Ministerial ITC/2877/2008, de 9 de octubre, por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley del Sector de Hidrocarburos.

Las principales referencias legislativas al aprovechamiento del biogás se encuentran en las siguientes normas medioambientales:

  • Ley 22/2011 sobre residuos
  • Ley 1481/2001 sobre vertederos
  • Ley 16/2002 sobre prevención y control integrado de la contaminación, plan para la biodigestión de purines.

El uso agrícola del digestato se contempla en el  Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes. La inyección de biogás en la red de distribución se recoge en el Real Decreto 984/2015: Anexo de Lista de servicios estándar de contratación de capacidad, acceso al Punto Virtual de Balance desde la red de distribución: incluye el derecho al uso de las instalaciones necesarias para el transporte del gas desde el punto de entrada a la red de distribución hasta el punto virtual de balance. Este servicio se limita a las plantas de biogás que inyecten en la red de distribución.

La actual normativa de autoconsumo (Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre), por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo) permite tener instalaciones generadoras y a la vez poder estar enganchado a la red.