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15 Nov 2017

Normativa Europea de bioenergía

La Comisión Europea mantiene una estrategia dirigida a orientar la economía europea hacia un uso más sostenible de los recursos. La propuesta de la Comisión de noviembre de 2016 de una Directiva revisada sobre energías renovables (COM (2016) 767 final) incluye criterios de sostenibilidad actualizados para biocombustibles utilizados en el transporte y biolíquidos, y combustibles sólidos y gaseosos de biomasa utilizados para calor y energía.

Las referencias a biomasa, biocarburantes y biogás son las siguientes:

Biomasa

El Plan de Acción Europeo de la Biomasa que ha elaborado la Comisión en el ámbito de la biomasa se inscribe en esa política energética, integrada y coherente, y responde de forma especial a la necesidad de promover las fuentes de energía renovables y señala tres sectores en los que el recurso a la biomasa debería ser prioritario: la producción de calor, la producción de electricidad y los transportes.

El Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo (COM/2010/0011) relativo a los requisitos de sostenibilidad para el uso de fuentes de biomasa sólida y gaseosa en los sectores de la electricidad, la calefacción y la refrigeración establece los requisitos de un sistema de sostenibilidad para los usos energéticos de la biomasa distinta de los biocarburantes y biolíquidos (es decir, combustibles sólidos y gaseosos utilizados en los sectores de la electricidad, la calefacción y la refrigeración).

 Biocarburantes

La Unión Europea contempla en sus prioridades la descarbonización del sector transporte, en la Directiva 2009/28/CE, establece el objetivo del 10% de energías renovables en el transporte para año 2020.

En 2015 se publicó la Directiva 2015/1513 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se modifican la Directiva 98/70/CE, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo, y la Directiva 2009/28/CE, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables.

La Directiva relativa a la calidad de los combustibles es la Directiva 2009/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23  de  abril de 2009 por la que se modifica la Directiva 98/70/CE en relación con las especificaciones de la gasolina, el diésel y el gasóleo, se introduce un mecanismo para controlar y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, se modifica la Directiva 1999/32/CE del Consejo en relación con las especificaciones del combustible utilizado por los buques de navegación interior y se deroga la Directiva 93/12/CEE.

La UE está adoptando medidas para aumentar el uso de biocombustibles avanzados en todo tipo de transporte. En 2017 se publicó la Comunicación de la Comisión COM (2017) 652 final: Hacia el mayor uso posible de los combustibles alternativos – Plan de acción sobre la infraestructura para los combustibles alternativos, de conformidad con el artículo 10, apartado 6, de la Directiva 2014/94/UE, incluida una evaluación de los marcos de acción nacionales, de conformidad con el artículo 10, apartado 2, de la Directiva 2014/94/UE.

 Otras disposiciones relativas a los biocombustibles son:

  • Comunicación de la Comisión COM (2014) 15 final: Un marco estratégico en materia de clima y energía para el periodo 2020-2030, que establece que la evaluación de cómo minimizar las emisiones debidas al cambio indirecto del uso de la tierra pone de manifiesto que los biocombustibles de primera generación desempeñan un papel limitado en la reducción de las emisiones de carbono del sector del transporte. Indica que los biocombustibles basados en cultivos alimentarios no deben recibir ayuda pública después de 2020
  • Directiva (UE) 2015/652 del Consejo, de 20 de abril de 2015, por la que se establecen métodos de cálculo y requisitos de notificación de conformidad con la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo.
  • Comunicación de la Comisión sobre la aplicación práctica del régimen de sostenibilidad de la UE para los biocarburantes y biolíquidos y sobre las reglas de contabilización aplicables a los biocarburantes (2010/C 160/02).
  • Comunicación de la Comisión sobre regímenes voluntarios y valores por defecto del régimen de sostenibilidad de la UE para los biocarburantes y biolíquidos (2010/C 160/01).

 Biogás

La Directiva 2009/73/CE sobre normas comunes para el mercado interior de gas natural (y derogando la Directiva 2003/55/CE), es clara en las obligaciones de los Estados miembros de permitir un acceso no discriminatorio a la red de tuberías de gas natural al biogás y al gas obtenido a partir de la biomasa.